- Ley 19.537 Publicada en el Diario Oficial el 16 de dicembre de 1997
La Ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, regula la forma en que el Administrador del Condominio solicita a la Empresa Distribuidora el corte del suministro eléctrico por deuda de gastos comunes, invocando el artículo 5°.
"El Reglamento de copropiedad podrá autorizar al Administrador para que, con el acuerdo del Comité de Administración, suspenda o requiera la suspensión del servicio eléctrico que se suministra a aquellas unidades cuyos propietarios se encuentren morosos en el pago de tres o más cuotas, continuas o discontinuas, de los gastos comunes"
- Consideraciones
Los reglamentos emitidos a partir del 16 de diciembre de 1997, fecha de publicación de la Ley, deben facultar expresamente el corte de suministro por deudas de gastos comunes.
En los reglamentos emitidos con fecha anterior al 16 de diciembre de 1997, no es necesario que aparezca expresamente la facultad para cortar por deuda de gastos comunes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 inciso 2° de la Ley 19.537.
La ley 19.537 establece que el reglamento de copropiedad debe autorizar al administrador, para que, con el acuerdo del comité de administración, suspenda o requiera la suspensión del suministro eléctrico para aquellas unidades que se encuentren morosos en el pago de tres o más cuotas, continuas o discontinuas, de los gastos comunes.
Los requerimientos asociados a la Ley 19.537, pueden efectuarse en nuestro Fonoservicio 600 696 0000 y en todas nuestras Oficinas Comerciales.
Es la primera etapa que se debe cumplir para que una comunidad pueda requerir el corte de suministro por deuda de gastos comunes. En esta etapa, el condominio debe acreditar ante Enel su calidad de tal, y que la elección y nombramiento de sus autoridades se efectuó de acuerdo a lo que establece la Ley 19.537 para lo cual debe presentar la documentación indicada en los Anexos 1 y 2.
Cada vez que se realice una nueva elección del comité de administración o nombramiento del administrador se deben presentar los Anexos 2 y 3 con su respectiva documentación.
Formulario 1 - Solicitud de Inscripción o Actualización de Comunidad
Lugar donde realizar el trámite
- Oficinas Comerciales: Todas nuestras Oficinas Comerciales.
El administrador del condominio deberá presentar por escrito la solicitud de corte de aquellas unidades que se encuentren morosas en tres o más cuotas continuas o discontinuas de los gastos comunes. Dicha solicitud deberá contener la siguiente información:
Además se debe anexar la copia del aviso interno de corte, entregado por el administrador de la comunidad, a cada una de las unidades para las cuales se requiere el corte.
- Fecha solicitud.
- Dirección y número de cliente o número de medidor de cada una de las unidades para las que se requiere el corte.
- Nombre y teléfonos de contacto de la administración.
- Nro. Carpeta.
- Nombres y firmas originales del administrador y mayoría del comité de administración.
Formulario 2 - Solicitud de Corte por Deuda en Gastos Comunes
Lugar donde realizar el trámite
Oficinas Comerciales: Todas nuestras Oficinas Comerciales.
Para aquellas unidades en que se realizó el corte de suministro, o bien, se encuentra en proceso de corte, el administrador o cualquiera de los miembros del comité de administración vigente, debe solicitar la reposición de suministro con los siguientes antecedentes:
- Fecha solicitud.
- Dirección y número de cliente o número de medidor de cada una de las unidades para las que se requiere reponer el suministro.
- Nombre y teléfonos de contacto de la administración.
- Nro. Carpeta.
Formulario 3 - Solicitud de Reposición o Anulación de Corte por deuda en Gastos Comunes
Lugar donde realizar el trámite
- Oficinas Comerciales: Todas nuestras Oficinas Comerciales.
- Fonoservicio: 600 696 0000 / 800 800 696 / 22 696 0000