Nuestros Clientes que deseen contratar los Servicios de Utilización de Infraestructura de ENEL Distribución Chile y ENEL Colina, deberán cumplir con las regulaciones normar y condiciones vigentes al momento de contratar el servicio. Entre otras a modo referencial y no excluyente se mencionan:
- DFL 4/20018 - Ley General de Servicios Eléctricos
- Ley 18.168 - Ley General de Telecomunicaciones
- Ley 20.599 - Regula la Instalación de Antenas, emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.
- Ley 21.172 - Modifica la Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, para regular el tendido y retiro de líneas aéreas y subterráneas.
- Decreto 109 - Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica.
- DFL 458 - Ley General de Urbanismo y Construcción
Las presentes Condiciones Generales son aplicables a todo aquel que solicite acceso al Servicio de Utilización de Infraestructura Eléctrica de ENEL Distribución Chile y ENEL Colina.